Lista de notificaciones
En esta página figura la lista de Miembros de la OMC que han presentado notificaciones hasta la fecha.
Seleccione un miembro a continuación para ver la notificación oficial en el idioma de su elección (inglés, francés o español).
Para beneficiarse del trato especial y diferenciado, un Miembro debe notificar alos demás Miembros de la OMC cuándo aplicará cada medida de facilitación del comercio, utilizando para ello las categorías que fi guran a continuación. El Acuerdo establece plazos para esas notificaciones:
Categoría A: disposiciones que el Miembro aplicará en el momento de la entrada en vigor del Acuerdo (o, en el caso de un país menos adelantado , en el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor).
Categoría B: disposiciones que el Miembro aplicará en una fecha posterior a un período de transición después de la entrada en vigor del Acuerdo.
Categoría C: disposiciones que el Miembro aplicará en una fecha posterior a un período de transición después de la entrada en vigor del Acuerdo y que requieren asistencia y apoyo para la creación de capacidad.

Para más información, póngase en contacto con la Secretaría de la OMC wtotradefacilitation [at] gmail.com (aquí)class="none"